International Consolidated Airlines Group (IAG), la sociedad fruto de la fusión de Iberia y British Airways, ya existe. Por ahora es una empresa inactiva, un cascarón vacío a la espera de que se ejecute la operación. Pero sus estatutos, depositados en el Registro Mercantil, ya marcan las reglas del juego del accionariado del futuro gigante aéreo. Esas reglas permitirán a IAG llevar un férreo control de sus accionistas sin parangón en el resto de empresas cotizadas y otorgan a la compañía enormes poderes para limitar la presencia de inversores de fuera de la UE. Se notificará a la compañía cada compra del 0,25% del accionariado
La razón esgrimida es la protección de los derechos de tráfico y permisos de vuelo de Iberia y British, aunque esos poderes también suponen en la práctica cierto blindaje contra opas. La empresa ha desempolvado un precepto incluido en la ley de acompañamiento de los Presupuestos del Estado del año 2001 y ha llevado a su máxima expresión los blindajes que esa norma (artículo 86 de la ley 14/2000) otorga en lo que constituye una especie de acción de oro privada.
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